«Nosotras parimos, nosotras decidimos », «Es mi cuerpo, es mi decisión», «Sí a la vida»... Los lemas a favor o en contra del aborto que se gritaban en las manifestaciones hace tres décadas vuelven a oírse con fuerza en la sociedad española. La razón no es otra que la Ley de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada, cuyo anteproyecto se aprobó el pasado 20 de diciembre. Según esta norma, interrumpir el embarazo dejará de ser un derecho de la mujer en las primeras 14 semanas y volverá a ser un delito, despenalizado solamente en dos circunstancias: violación y grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la mujer. Las malformaciones y otras anomalías fetales, por graves que sean, no serán motivo de aborto, aunque sí lo será el efecto psicológico que tengan en la embarazada. Se pasa así de una ley de plazos (la promulgada en 2010 por el gobierno del PSOE) a otra basada en supuestos más restrictivos. Y las reacciones no se han hecho esperar: para los colectivos proabortistas, la normativa impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, supone un retroceso de 30 años y convierte a España en uno de los países europeos más represivos en lo que a interrupción del embarazo se refiere. Para los antiabortistas, sin embargo, se debería ir más allá, hasta la prohibición absoluta del aborto. En cualquier caso, la nueva ley no entrará en vigor hasta que no pase todos los trámites parlamentarios, lo que puede tardar un año. El debate en las calles no ha hecho más que empezar.

Así han sido las cosas hasta ahora

Hasta 1985, abortar estaba prohibido en España. La conocida como Ley del Aborto, promulgada por el Gobierno socialista ese mismo año, despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo en tres supuestos: grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la mujer (en cualquier momento de la gestación); violación (en las 12 primeras semanas) y si el feto podía nacer con graves taras físicas o psíquicas (en las primeras 22 semanas). En el supuesto de malformación del feto o peligro para la salud de la madre era preciso el informe de un médico distinto al que iba a practicar el aborto. En caso de violación, era necesario que la gestante hubiera denunciado los hechos. Fuera de esos supuestos, tanto el médico como la mujer eran castigados con inhabilitación profesional y penas de cárcel.
En 2010, el Gobierno del PSOE promulga una nueva ley, basada en plazos. Permitía el aborto libre hasta la semana 14 e incluso hasta la 22, en caso de que existiera grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada (era necesario el dictamen de un médico distinto al que practicara el aborto) o riesgo de graves anomalías para el feto (se precisaba un informe de dos especialistas). Si esas anomalías eran incompatibles con la vida, no había límite temporal para abortar. La paciente tenía que ser informada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad, así como reflexionar tres días. Se permitía abortar a los 16 años sin autorización paterna.

6 claves de la ley Gallardón
El recién aprobado anteproyecto de Ley de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada pretende, según el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, proteger «a los más débiles, es decir, a los concebidos y no nacidos», aunque «siempre en interés de la mujer». Los abortos realizados fuera de los supuestos legales serán delito, pero sólo se castigará con penas de prisión a los médicos que los practiquen, no a las mujeres que se sometan a ellos. Ahora bien, ¿cuáles son los puntos más importantes de esta ley?
EL ABORTO ES UN DELITO, EXCEPTO EN DOS SUPUESTOS: que el embarazo sea consecuencia de una violación (se puede alegar en las primeras 12 semanas) y que produzca un grave peligro para la vida o para la salud física o psíquica de la embarazada (durante las primeras 22 semanas).
LA MALFORMACIÓN, una enfermedad incurable o una anomalía fetal incompatible con la vida del feto no es motivo legal para abortar.
SE RECUPERA EL SUPUESTO DE DAÑO PSICOLÓGICO EN LA EMBARAZADA, con un procedimiento más complicado que en la Ley del Aborto de 1985: ese riesgo para la salud mental de la mujer tendrá que quedar acreditado en un informe firmado por dos médicos, que no podrán trabajar en el mismo centro donde se practique el aborto. Si la embarazada alega que el peligro para su salud psíquica es causado por una anomalía del feto incompatible con la vida, tendrá que presentar dos evaluaciones: una que acredite la anomalía y un dictamen de un psicólogo o psiquiatra que avale daño psíquico en la gestante.
LA MUJER QUE DECIDA ABORTAR recibirá, en persona y de manos de trabajadores de los servicios sociales públicos, información sobre las alternativas, las ayudas a la maternidad y los riesgos de someterse a la intervención. Tendrá siete días, obligatorios, para meditar su decisión.
LAS MENORES DE EDAD volverán a necesitar el permiso paterno para interrumpir su embarazo.
TODOS LOS PROFESIONALES que estén implicados en un aborto (desde el personal sanitario al administrativo) tienen derecho a la objeción de conciencia.

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En contra de la ley:
Federación Nacional de Mujeres Progresistas. Según su presidenta, Yolanda Besteiro, «esta ley es un despropósito. No es una prohibición explícita de la interrupción del embarazo, pero lo es de facto. Es más restrictiva que la norma de 1985. Recoge sólo dos supuestos y, en uno de ellos, el de grave peligro para la vida o la salud de la mujer, los obstáculos equivalen a prohibir el aborto. Las que tengan dinero saldrán fuera para interrumpir su embarazo; las que no, lo harán aquí clandestinamente, poniendo en riesgo su salud y su vida».
Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI). «De entrar en vigor una norma que nos aleja completamente de la realidad europea, las mujeres no sólo perderían un derecho básico, sino que tendrían enormes dificultades para encontrar profesionales que las pudieran ayudar, ya que los médicos y el personal sanitario podrían verse expuestos a tres años de cárcel y seis de inhabilitación si sus diagnósticos no se adecúan a la ideología política de los hacedores de esta ley», apuntan.

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A favor:
Foro de la Familia. A pesar de valorar positivamente la reforma, por ser «un paso importante hacia una legislación comprometida con el derecho a la vida», Benigno Blanco, presidente de este grupo, va más allá: «Defendemos una legislación que proteja sin excepciones al concebido y no nacido, y el derecho de las embarazadas a ser madres, contando con los apoyos que necesiten para superar cualquier situación problemática. Seguiremos trabajando por una ley más respetuosa con el derecho a la vida».
Derecho a Vivir. Con la nueva normativa, dice Ignacio Arsuaga, presidente de esta asociación, «el aborto deja de ser un derecho y pasa a ser un delito. El anteproyecto trata de defender la vida del concebido, que se presenta como lo que es: un ser humano cuya vida merece protección. Por tanto, desde el punto de vista conceptual y jurídico, el anteproyecto plantea dar un paso adelante muy significativo y nos permitiría conseguir por fin una ley de aborto cero para el día de mañana».

El aborto en el mundo
España es el único estado miembro de la Unión Europea que ha llevado a cabo una reforma de la ley del aborto para endurecerla.
REINO UNIDO Tiene una ley de supuestos, se asemeja más a una de plazos, ya que es la mujer quien decide. Se permite la interrupción hasta la semana 24 en estos supuestos: violación, malformación del feto, riesgo para la mujer y motivos sociales y económicos.
POLONIA Desde 1993, se rige por un modelo de supuestos de carácter restrictivo: violación, anomalía fetal o riesgo extremadamente grave para la salud de la madre.
ALEMANIA No se castiga la interrupción del embarazo durante los tres primeros meses de gestación. Durante este periodo, las mujeres están obligadas a pasar por un centro oficial y certificado, donde reciben asesoramiento gratuito sobre las consecuencias y sobre las posibles alternativas a la intervención. La ley permite abortar en caso de riesgo para la salud de la mujer transcurrida la semana 12.
MALTA El aborto está prohibido, incluso si esta intervención salva la vida de la mujer.
IRLANDA Lo prohíbe en caso de violación, incesto o anormalidad del feto. Lo permite si es para salvar la vida de la mujer.
FRANCIA Establece en las 12 primeras semanas de gestación el límite para interrumpir voluntariamente el embarazo. Este plazo puede ser superado por razones médicas si dos profesionales acreditan que se pone en riesgo la vida de la madre o que el niño, si naciera, sufriría una enfermedad grave.